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Ley Vigente

Artículo 9. Organización y representación.

Artículo 9 de la Ley 3/2022, de 13 de junio, de Economía Social de Canarias. · BOE-A-2022-16756

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-10.

Texto consolidado

De conformidad con lo previsto en el apartado 4 del artículo 7 de la Ley estatal 5/2011, de 29 de marzo, las organizaciones, federaciones o confederaciones que tengan la consideración de entidades más representativas de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito de la economía social, atendiendo a los criterios que sean establecidos y desarrollados reglamentariamente, tendrán representación en los órganos de participación institucional de las administraciones de la comunidad autónoma que se ocupen de las materias que afectan a sus intereses económicos y sociales, en la forma prevista en sus normas reguladoras y de acuerdo con lo establecido por la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Canarias, o norma que la sustituya. A tal objeto, desde el Gobierno de Canarias se impulsará y promoverá la creación, el crecimiento y consolidación de entidades de integración de la economía social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-10.

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