Artículo 9. Ejercicio de las competencias.
Artículo 9 de la Ley 3/2002, de 25 de marzo, de creación de la Comarca del Cinca Medio. · BOE-A-2002-7202
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-04.
Texto consolidado
1. Los acuerdos y resoluciones que adopten los órganos de gobierno de la Comarca del Cinca Medio en el ejercicio de sus competencias obligarán tanto a los Ayuntamientos que la integran como a las personas físicas y jurídicas a quienes puedan afectar.
2. La Comarca del Cinca Medio podrá utilizar, para el desarrollo de sus fines, cualquiera de las formas y medios de actuación previstos en el ordenamiento jurídico vigente.