Artículo 9. Buena fe.
Artículo 9 de la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
Las actuaciones de las partes en conflicto y de las personas mediadoras se rigen por las exigencias de la buena fe. Durante la mediación las partes en conflicto deben manifestar buena voluntad hacia las actuaciones impulsadas por la persona mediadora y adoptar actitudes de apoyo y colaboración lo suficientemente flexibles para intentar alcanzar una solución total o parcial al conflicto o litigio existente.