Artículo 9. Funciones.
Artículo 9 de la Ley 20/2018, de 25 de julio, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2018-12519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-28.
Texto consolidado
1. El Consell Assessor del Mecenatge tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar al Consell en temas de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional.
b) Efectuar las propuestas de declaración de interés social de los proyectos o actividades culturales, científicas o deportivas no profesionales a instancia de las personas o entidades beneficiarias.
c) Examinar las actividades o proyectos considerados de interés social sin necesidad de declaración expresa.
d) Proponer al Consell la distinción Pere Maria Orts i Bosch para aquellas personas o entidades que hayan destacado por la contribución al mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana, con criterios de paridad y equilibrio territorial.
e) Las que se le encomienden, reglamentariamente o por otra ley, en materia de mecenazgo.
f) Proponer la declaración de acontecimientos de especial relevancia.
g) Garantizar el control sobre la transparencia y publicidad de las actuaciones de mecenazgo en todas sus modalidades reguladas en esta ley.
2. El Consell Assessor del Mecenatge podrá pedir, para realizar sus funciones, los informes y documentación que considere necesarios y también podrá contar con la colaboración de especialistas.