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Ley Vigente

Artículo 9. Funciones.

Artículo 9 de la Ley 20/2018, de 25 de julio, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2018-12519

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-28.

Texto consolidado

1. El Consell Assessor del Mecenatge tendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar al Consell en temas de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional.

b) Efectuar las propuestas de declaración de interés social de los proyectos o actividades culturales, científicas o deportivas no profesionales a instancia de las personas o entidades beneficiarias.

c) Examinar las actividades o proyectos considerados de interés social sin necesidad de declaración expresa.

d) Proponer al Consell la distinción Pere Maria Orts i Bosch para aquellas personas o entidades que hayan destacado por la contribución al mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana, con criterios de paridad y equilibrio territorial.

e) Las que se le encomienden, reglamentariamente o por otra ley, en materia de mecenazgo.

f) Proponer la declaración de acontecimientos de especial relevancia.

g) Garantizar el control sobre la transparencia y publicidad de las actuaciones de mecenazgo en todas sus modalidades reguladas en esta ley.

2. El Consell Assessor del Mecenatge podrá pedir, para realizar sus funciones, los informes y documentación que considere necesarios y también podrá contar con la colaboración de especialistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-28.

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