Artículo 9. Titulares del derecho subjetivo.
Artículo 9 de la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias. · BOE-A-2011-15727
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-23.
Texto consolidado
Será titular del derecho subjetivo a las ayudas económicas de apoyo a las familias con hijos e hijas a cargo el padre y/o la madre.
Reglamentariamente podrán asimilarse a la condición de padre o madre otras personas con menores a su cargo.