Artículo 9. La Presidencia.
Artículo 9 de la Ley 13/2007, de 31 de octubre, del Memorial Democrático. · BOE-A-2007-20348
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-13.
Texto consolidado
Son funciones del presidente o presidenta del Memorial Democrático:
a) Representar al Memorial Democrático.
b) Convocar y presidir las sesiones de la Junta de Gobierno y resolver los empates de las votaciones con su voto de calidad.
c) Cualquier otra que le encomienden los estatutos y las normas de funcionamiento del Memorial Democrático, o que le encomiende el Gobierno en el ámbito de actuación de la entidad.