Artículo 9. Enfoque de derechos en la intervención del voluntariado.
Artículo 9 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura. · BOE-A-2019-15519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-16.
Texto consolidado
El marco de la intervención del voluntariado estará unido a la defensa y protección, entre otros, de los siguientes derechos:
a) Derechos relacionados con la calidad de vida: empleo, vivienda, cultura, deportes, tiempo libre, turismo y medio ambiente.
b) Derechos sociales individuales y colectivos, lucha contra la pobreza, exclusión, la intolerancia, la discriminación y vulnerabilidad social.
c) Derechos de la salud, personas con discapacidad, promoción de la autonomía personal y protección de las personas en situación de dependencia.
d) Derechos de igualdad entre mujeres y hombres y contra las violencias machistas.
e) Derechos económicos, de crecimiento, innovación y desarrollo, así como de desarrollo rural, agricultura y ganadería.
f) Derechos del ámbito de la educación, tanto formales como no formales, identidades culturales, identidades sexuales, solidaridad y cooperación.
g) Derechos de profundización democrática, participación ciudadana y de asociacionismo formal y no formal.