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Ley Derogada

Artículo 9. Derecho de protección a la integridad física y psíquica del menor.

Artículo 9 de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050

Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Generalitat adoptará las medidas pertinentes para proteger la integridad física y psíquica del menor frente a situaciones de maltrato, abuso, violencia, amenaza, mutilación genital, explotación sexual, laboral o económica, manipulación, utilización instrumental y acción degradante y humillante, en todo tipo de conductas, ya sean intencionales por acción u omisión como imprudentes.

2. Las entidades públicas deberán disponer de mecanismos de coordinación institucional ágiles, a través de comisiones y protocolos de actuación, especialmente en los ámbitos de educación, sanidad, policía y acción social, para prestar un auxilio inmediato ante situaciones de desprotección y maltrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-10-10.

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