El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 9. Derecho de acceso al entorno de las personas adiestradoras y educadoras de cachorros de perros en formación para la asistencia.

Artículo 9 de la Ley 11/2019, de 3 de abril, de acceso al entorno de las personas usuarias de perro de asistencia en la Comunidad de Castilla y León · BOE-A-2019-6613

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-08.

Texto consolidado

1. Las personas adiestradoras que prestan servicios en entidades de adiestramiento, así como los educadores y educadoras de cachorros que colaboran con las mismas, podrán ejercitar el derecho de acceso al entorno en compañía de los perros en formación para la asistencia que tengan asignados, así como por la persona usuaria, en el periodo de adaptación, en los mismos supuestos y condiciones previstos en esta ley para las personas usuarias.

2. Las personas adiestradoras y educadoras de cachorros deberán, en todo momento, estar en disposición de acreditar su condición mediante la documentación expedida al efecto por la entidad de adiestramiento para la que presten servicios o con la que colaboren.

3. Las personas adiestradoras y educadoras de cachorros de perros de asistencia procedentes de otra comunidad autónoma o de otro país tienen el mismo derecho de acceso al entorno que establece el apartado 1, siempre que quede acreditada dicha condición mediante la documentación expedida por su entidad de adiestramiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-10-08.

Más artículos de Ley 11/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.