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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 9. Funciones del Presidente del Consejo Consultivo.

Artículo 9 de la Ley 1/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo Consultivo de Castilla y León. · BOE-A-2002-9245

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Texto consolidado

Corresponderá al Presidente del Consejo Consultivo:

a) Ostentar la representación del Consejo.

b) Autorizar con su firma los dictámenes emitidos por el Consejo.

c) Presidir, convocar y fijar el orden del día de las sesiones.

d) Organizar y dirigir los servicios generales del Consejo.

e) Presentar la memoria anual ante la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León.

f) Aquellas otras funciones que se le atribuyan en la presente ley y en el reglamento de organización y funcionamiento del Consejo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-7748.

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