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Decreto-ley Vigente

Artículo 9. Compatibilidad de las subvenciones.

Artículo 9 del Decreto-ley 14/2020, de 22 de julio, de medidas para la activación de la demanda en la Comunidad Autónoma de Extremadura tras la crisis sanitaria. · BOE-A-2020-9744

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-28.

Texto consolidado

Las ayudas concedidas en virtud del presente decreto-ley serán compatibles con las otorgadas por esta u otras Administraciones públicas, entes públicos o privados nacionales o internacionales. No obstante lo anterior, las cuantías máximas a recibir tanto aisladamente como en conjunto con otras ayudas, estarán sujetas a las condiciones establecidas en la normativa para su concesión. En todo caso, el importe final en supuesto de concurrencia de subvenciones no podrá superar el coste de los gastos subvencionados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-28.

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