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Decreto-ley Vigente

Artículo 9. Órgano instructor.

Artículo 9 del Decreto-ley 13/2021, de 6 de julio, por el que se establece una medida extraordinaria y urgente en el ámbito económico para facilitar ayudas a las pequeñas y medianas empresas pertenecientes a las cadenas de valor de los sectores aeroespacial y otros avanzados del transporte afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-CoV-2 (COVID-19), para financiación de capital circulante cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). · BOJA-b-2021-90267

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-12.

Texto consolidado

1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Gerencia Provincial de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía donde tenga establecimiento operativo la persona solicitante. La realización de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas se llevará a cabo por la persona funcionaria adscrita funcionalmente a la Gerencia Provincial, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 69.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, donde tenga establecimiento operativo la persona solicitante.

2. Dicho órgano realizará de oficio, además de otras atribuidas expresamente en estas bases reguladoras, cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse en el informe técnico o borrador de propuesta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

3. Corresponde igualmente al órgano instructor efectuar los trámites y las notificaciones de los actos previstos en el procedimiento, así como elevar a la Comisión de evaluación el correspondiente informe técnico o borrador de propuesta para su consideración. En dicho informe se deberá concretar el resultado de la evaluación o análisis efectuado y expresarse que de la información que obra en su poder se desprende que las personas solicitantes cumplen o no todos los requisitos necesarios para acceder a las ayudas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-12.

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