Artículo 9.1-5. Cuota.
Artículo 9.1-5 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-14.
Texto consolidado
El importe de la cuota por la expedición de títulos académicos y profesionales es:
1. Bachillerato: título de bachillerato: 49,55 euros.
2. Formación profesional específica:
2.1 Título de técnico o técnica: 49,55 euros.
2.2 Título de técnico o técnica superior: 55,50 euros.
3. Enseñanzas de régimen especial:
3.1 Enseñanzas de música y danza:
3.1.1 Título profesional: 49,55 euros.
3.1.2 Título superior: 110,85 euros.
3.2 Enseñanzas de arte dramático:
3.2.1 Título superior de arte dramático: 110,85 euros.
3.3 Enseñanzas de artes plásticas y diseño:
3.3.1 Título de técnico o técnica: 49,55 euros.
3.3.2 Título de técnico o técnica superior: 55,50 euros.
3.3.3 Título de conservación y restauración de bienes culturales: 55,50 euros.
3.3.4 Título de diseño: 55,50 euros.
3.3.5 Título superior del vidrio: 55,50 euros.
3.3.6 Título superior de cerámica: 55,50 euros.
3.4. Enseñanza de idiomas:
3.4.1. Certificado avanzado de idiomas: 57,25 euros.
3.4.2. Enseñanza de idiomas, certificado de los cursos de actualización y especialización referidos a los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa: 57,25 euros.
3.5 Enseñanzas de deporte:
3.5.1 Título de técnico o técnica de deporte: 49,55 euros.
3.5.2 Título de técnico o técnica superior de deporte: 55,50 euros.
3.6. Título de graduado o graduada, máster en enseñanzas artísticas: 150,00 euros.
3.7 Títulos de las enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior y equivalentes a grado universitario: 143,65 euros.
4. Reexpedición (expedición de duplicados): 15,15 euros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-3637.