Artículo 89. Fomento del ocio responsable.
Artículo 89 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.
Texto consolidado
La Junta de Extremadura fomentará, en los municipios rurales, el desarrollo de programas y actividades de ocio responsable, que sean accesibles e inclusivos, con la finalidad de propiciar el disfrute del tiempo libre, así como de una mayor integración social, implementando proyectos con base en las tecnologías de la información y la comunicación.