Artículo 89. Contenido de los presupuestos generales.
Artículo 89 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-15.
Texto consolidado
Los presupuestos generales de la Comunidad, de manera cifrada, conjunta y sistemática, contienen:
a) Las obligaciones económicas que, como máximo, pueden reconocer la Administración General de la Comunidad, los organismos autónomos, los entes públicos de derecho privado y aquellas otras entidades u órganos con presupuesto limitativo y los derechos que se prevea reconocer durante el correspondiente ejercicio.
b) Los gastos e ingresos y las operaciones de inversión y financieras que se realicen en el ejercicio por las empresas públicas, las fundaciones públicas y las demás entidades pertenecientes al sector público de la Comunidad con su mismo régimen presupuestario, excepto cuando hayan sido constituidas por las universidades públicas de acuerdo con su normativa específica y no participen en la dotación fundacional en más del cincuenta por ciento, globalmente considerado, otras entidades del sector público autonómico.
c) La estimación de los beneficios fiscales que afecten a los tributos cuyo rendimiento corresponda a la Comunidad.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-14546.