Artículo 89. Garantía de los derechos de los deportistas.
Artículo 89 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
1. En todas las actividades relacionadas con la prevención, control y sanción del dopaje se garantizarán los derechos de los deportistas, en especial en las relativas a la toma y análisis de las muestras.
2. En todo caso, se deberá garantizar el derecho a la intimidad y confidencialidad, la presunción de inocencia, el máximo respeto tanto al deportista como a su entorno personal y familiar y la consideración al descanso en el horario habilitado para ello.