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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 87 noveno. Tarifas.

Artículo 87 noveno del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. · BOE-A-1998-23233

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

Texto consolidado

La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:

Por diligencia: 7 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-3375.

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