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Decreto Legislativo Vigente 6 redacciones

Artículo 87. Tarifas.

Artículo 87 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-23.

Texto consolidado

La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:

Tarifa 01. Oficinas de farmacia.

1. Participación en el concurso de apertura: 196,46 euros.

2. Autorización de instalación, apertura o traslado: 427,52 euros.

3. Autorización de cierre: 128,27 euros.

4. Modificaciones del local que supongan cambios en su estructura: 85,52 euros.

5. Cambio de titularidad: 413,46 euros.

6. Nombramiento de regente, sustituto o adjunto: 42,74 euros.

7. Acreditación y revalidación de actividades sometidas a buenas prácticas: 212,29 euros.

8. Otras inspecciones: 128,27 euros.

9. Autorización de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales a terceros: 427,52 euros.

10. Acreditación de nivel para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales: 209,57 euros.

11. Autorización del Libro de contabilidad de Estupefacientes informatizado: 100 euros.

Tarifa 02. Botiquines y depósitos de medicamentos.

1. Autorización de instalación: 128,27 euros.

2. Autorización de cierre: 85,52 euros.

3. Otras inspecciones: 85,52 euros.

Tarifa 03. Servicios farmacéuticos.

1. Autorización de instalación y apertura: 427,52 euros.

2. Autorización de modificación de locales: 85,52 euros.

3. Acreditación de buenas prácticas: 427,52 euros.

4. Autorización del Libro de contabilidad de Estupefacientes informatizado: 100 euros.

Tarifa 04. Almacenes de distribución de medicamentos.

1. Autorización de instalación, apertura o traslados: 427,52 euros.

2. Autorización de modificación de locales: 128,27 euros.

3. Autorización de cambios de titularidad: 171,01 euros.

4. Inspección y verificación de Buenas Prácticas de Distribución, por día empleado: 413,64 euros.

5. Nombramiento de director técnico y acta de toma de posesión: 85,52 euros.

6. Emisión de certificado de Buenas Prácticas de Distribución: 212.29.

7. Autorización del Libro de contabilidad de Estupefacientes informatizado: 300 euros.

Tarifa 05. Industria farmacéutica.

1. Inspección y verificación de las normas de correcta fabricación, por cada día empleado: 427,52 euros.

2. Autorización de publicidad: 213,74 euros.

3. Otras inspecciones: 85,52 euros.

4. Por certificado de normas de correcta fabricación: 213,74 euros.

Tarifa 06. Cosméticos.

1. Inspección y verificación de normas de correcta fabricación, por cada día empleado: 427,52 euros.

2. Otras inspecciones: 85,52 euros.

3. Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión del director técnico: 85,52 euros.

4. Emisión de certificado de Buenas Prácticas de Fabricación: 212,29 euros.

Tarifa 07. Laboratorios, centros de control y/o desarrollo de medicamentos.

1. Inspección y verificación de buenas prácticas de laboratorio, por cada día empleado: 427,52 euros.

2. Ensayos clínicos: inspección y verificación de buenas prácticas clínicas, por cada día empleado: 427,52 euros.

3. Otras inspecciones: 85,52 euros.

Tarifa 08. Otras actuaciones.

1. Emisión de informes, a petición del interesado, sobre centros y productos farmacéuticos: 85,52 euros.

2. Evaluación para la autorización, en su caso, de estudios posautorización de tipo observacional con medicamentos contemplados en la Orden de 12 de abril de 2010, de la Consejera de Salud y Consumo, por la que se regulan dichos estudios en la Comunidad Autónoma de Aragón: 440,01 euros.

Se modifican las tarifas 01, 04 y 08 por el art. 13.2 a 4 de la Ley 12/2004, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-2729

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-19727.

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