Artículo 86. Cuota fija.
Artículo 86 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. · BOE-A-2010-13465
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-01.
Texto consolidado
La cuota fija para usos domésticos será de 1,3 euros al mes por usuario.
En el caso de contadores o sistemas de aforos colectivos, se considerarán tantos usuarios como viviendas y locales.
Véase, sobre reducción transitoria de la cuota íntegra del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2023, el art. 2 del Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre. Ref. BOJA-b-2022-90287
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-413.