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Ley Foral Vigente

Artículo 85. Acceso a los museos y a las colecciones museográficas permanentes.

Artículo 85 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. · BOE-A-2005-20981

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-25.

Texto consolidado

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra promoverá y garantizará el acceso de todos los ciudadanos a los museos y colecciones museográficas permanentes de titularidad pública sin perjuicio de las restricciones que, por causa de la conservación de los bienes custodiados en ellos, puedan establecerse.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-25.

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