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Ley Derogada

Artículo 85. Infracciones muy graves.

Artículo 85 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. · BOE-A-2002-15545

Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituyen infracciones muy graves:

a) El derribo, desplazamiento, remoción o destrucción, total o parcial, de inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural, sin la preceptiva autorización.

b) La destrucción de bienes muebles declarados de interés cultural.

c) Cualesquiera otras acciones u omisiones que conlleven la pérdida, destrucción o deterioro irreparable de los bienes declarados de interés cultural.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-08-08.

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