Artículo 84. Efecto de la declaración de desamparo.
Artículo 84 de la Ley Foral 12/2022, de 11 de mayo, de atención y protección a niños, niñas y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad. · BOE-A-2022-8641
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-19.
Texto consolidado
Cuando se aprecie que cualquier menor está en situación de desamparo, según lo establecido en esta ley foral, el órgano competente de la Administración de la Comunidad Foral declarará dicha situación, asumirá la tutela automática del menor o la menor y quedará suspendida la responsabilidad parental.