Artículo 84. Contenido.
Artículo 84 de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León. · BOE-A-2002-16590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-18.
Texto consolidado
La asunción de la guarda conllevará las obligaciones previstas en el Código Civil.