Artículo 83. Modificación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica.
Artículo 83 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. · BOE-A-2003-23936
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Se modifican diferentes preceptos de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, con el siguiente contenido:
Uno. Se añade una nueva disposición adicional, la duodécima, a la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional duodécima. Informes de evaluación de solicitudes de ayudas del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
En el marco de los procedimientos de concesión de ayudas del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, serán preceptivos y determinantes, con los efectos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los informes del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI) y de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP).»
Dos. Lo establecido en la disposición adicional duodécima de la Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, se entiende sin perjuicio de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, respecto a la intervención de las Comisiones Técnicas de Evaluación del FIS en la ejecución de las actuaciones que se deriven de las propuestas contenidas en la iniciativa sectorial de investigación en salud que se incorporen al Plan Nacional de I+D+I cuya gestión recaiga en el Ministerio de Sanidad y Consumo.
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