Artículo 83. Principios de funcionamiento de la Agencia.
Artículo 83 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. · BOE-A-2005-14406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-25.
Texto consolidado
1. La Agencia desarrollará las funciones mencionadas en los artículos 85 y 94 con independencia orgánica y funcional.
2. En el desarrollo de sus funciones deberá garantizar la objetividad y publicidad de los métodos y procedimientos que emplee, así como la imparcialidad de sus órganos de gobierno y administración.