Artículo 83. Asistencia sanitaria a la reproducción.
Artículo 83 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.
Texto consolidado
1. El Servicio Extremeño de Salud adoptará, de manera progresiva, medidas para que las personas que precisen utilizar métodos de reproducción asistida, puedan disponer de asistencia sanitaria y de los medios precisos para tal fin.
2. Asimismo, la Junta de Extremadura desarrollará campañas de información y sensibilización que fomenten las donaciones necesarias para los procesos de reproducción asistida.