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Ley Vigente

Artículo 83.

Artículo 83 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Texto consolidado

La potestad sancionadora del Alcalde o Alcaldesa, en lo que se refiere a la cuantía de las multas, puede llegar al máximo permitido por las normas aplicables relativas a las infracciones urbanísticas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

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