Artículo 83. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Artículo 83 del Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2020-8013
Atención: Decreto-ley 10/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las personas beneficiarias de las prestaciones estarán sujetas a las siguientes obligaciones:
a) Destinar el importe de la ayuda a la finalidad por la que se otorgó.
b) Reintegrar el importe de las cuantías indebidamente percibidas.
c) Facilitar la tarea a las personas designadas para verificar su situación económica y familiar, proporcionándoles toda la información precisa.