Artículo 83. Tarifas.
Artículo 83 del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. · BOE-A-1998-23233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-27.
Texto consolidado
La tarifa exigida por la expedición de cédulas de habitabilidad será de 1.550 pesetas por vivienda.