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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Artículo 82 quáter. Acuerdo de concesión de préstamo.

Artículo 82 quater de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. · BOE-A-2007-9829

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-02.

Texto consolidado

1. Los préstamos a que se refiere el artículo anterior serán concedidos o, en su caso, autorizados por acuerdo del Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Hacienda y Política Financiera.

2. El acuerdo del Gobierno de Navarra podrá referirse específicamente a cada operación o comprender varias de ellas, con determinación de la identidad de los prestatarios, del plazo en el que habrán de otorgarse los préstamos y de su importe máximo individual o global. No obstante en los supuestos de autorización global de varias operaciones no será necesario determinar la identidad de los prestatarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-02-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-2285.

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