Artículo 82. Sostenibilidad del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
Artículo 82 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. · BOE-A-2017-657
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-18.
Texto consolidado
1. La sostenibilidad es un objetivo prioritario para el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, que asume el compromiso de satisfacer las necesidades de atención social del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades.
2. Para cumplir con este objetivo, la Consejería competente en materia de servicios sociales desarrollará los instrumentos normativos, de planificación, gestión y evaluación necesarios para:
a) Garantizar la sostenibilidad social, económico-financiera y ambiental del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
b) Identificar sistemáticamente las necesidades y expectativas de sus grupos de interés.
c) Promover la integración de la responsabilidad social en todos los niveles la organización.