Artículo 82. Órganos.
Artículo 82 de la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía. · BOE-A-2026-422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-23.
Texto consolidado
1. La asamblea general y el foro de información y participación del polígono industrial, en su caso, se constituyen como órganos de la entidad de gestión y modernización.
2. La asamblea general, para el mejor desarrollo de sus funciones, podrá disponer de una unidad de gerencia de la entidad de gestión y modernización, que abordará las tareas materiales encargadas por la asamblea general y, particularmente, las relativas a la coordinación, impulso y dirección de las actividades y el plan de actuación de la entidad, así como del personal adscrito a esta, de acuerdo con los estatutos de la misma. La gerencia podrá ser compartida con otras entidades de gestión y modernización.
3. En lo referente a los órganos de gobierno y administración de la entidad de gestión y modernización, sus facultades y forma de designación de los cargos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 131.4 del Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, aprobado por el Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, se estará a lo dispuesto en las particularidades recogidas en la presente ley, así como a los términos acordados al efecto con las entidades locales competentes en el convenio referido en el artículo 79 de la presente ley.