Artículo 82. Infracciones administrativas.
Artículo 82 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. · BOE-A-2002-15545
Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Constituyen infracciones administrativas, que se sancionarán conforme a lo previsto en la presente Ley, los hechos que a continuación se relacionan, clasificados en infracciones leves, graves y muy graves.