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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 82. Hecho imponible.

Artículo 82 del Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2025-8489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-05.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación, a instancia de parte, de los servicios necesarios para la expedición de las siguientes modalidades de carnés internacionales de alberguista y sellos de bienvenida:

a) Carné Internacional de Alberguista Juvenil.

b) Carné Internacional de Alberguista Adulto/a.

c) Carné Internacional de Alberguista Familia.

d) Carné Internacional de Alberguista Grupo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-05.

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