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Decreto Vigente

Artículo 82.

Artículo 82 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado. · BOE-A-1964-2140

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1965-01-01.

Texto consolidado

El desempeño de la función pública será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad que impida o menoscabe el estricto cumplimiento de los deberes del funcionario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1965-01-01.

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