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Ley Foral Vigente

Artículo 81. Patrimonio Bibliográfico.

Artículo 81 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. · BOE-A-2005-20981

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-25.

Texto consolidado

Constituyen el Patrimonio Bibliográfico de Navarra las bibliotecas, las colecciones bibliográficas de titularidad pública, así como las obras impresas, libros folletos, hojas sueltas, de carácter unitario o seriado, de las que no conste la existencia, de al menos, tres ejemplares en alguna de las bibliotecas o colecciones bibliográficas radicadas en la Comunidad Foral. Se considerará que existe este número de ejemplares en las impresiones posteriores a 1958.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-25.

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