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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 81. Consejo de Administración.

Artículo 81 de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras. · BOE-A-2011-13896

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Texto consolidado

1. El Consejo de Administración es el órgano superior colegiado de gobierno, dirección y control de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural. Está formado por la presidencia, las vocalías y la secretaría.

2. Corresponde al Consejo de Administración:

a) Aprobar las bases reguladoras y las convocatorias de ayudas, y otorgar las ayudas.

b) Aprobar el anteproyecto de programa de actuación, de inversiones y de financiación, el presupuesto de explotación y de capital, las cuentas anuales, la liquidación final de los presupuestos del ejercicio y la memoria de actividades.

c) Nombrar el administrador o administradora y supervisar su gestión.

d) Aprobar la plantilla y el régimen retributivo del personal.

e) Aprobar los precios de los servicios que preste la Oficina.

f) Establecer convenios con entidades públicas y privadas para alcanzar los objetivos de la Oficina.

g) El resto de atribuciones que le otorguen los estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-548.

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