Artículo 81. Régimen económico de los servicios de transporte.
Artículo 81 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación. · BOE-A-2017-3823
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-02-10.
Texto consolidado
Uno. Como sistema de transporte de titularidad de la Administración, el régimen económico del sistema de transporte público regular de uso general prestado a través de empresas contratistas se basa en el principio de riesgo y ventura del contratista, asociado al volumen de personas usuarias conseguido con la prestación del servicio y la aplicación de una tarifa de equilibrio de carácter contractual.
Dos. En los servicios de transporte discrecional y en los servicios de transporte público regular de uso especial, su régimen económico será el que en cada caso establezcan las partes contratantes.