Artículo 8. Condiciones generales de acceso al Museo.
Artículo 8 de la Resolución de 21 de diciembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en el que se establecen los precios públicos de entrada al museo. · BOE-A-2022-126
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-01.
Texto consolidado
1. Las entradas para acceso al Museo podrán adquirirse en las taquillas y por los sistemas telemáticos u otros canales habilitados para ello.
2. Las entradas adquiridas no admiten devolución, salvo en aquellos casos autorizados por el Museo.
3. La acreditación necesaria para la categoría de entrada que así lo requiera se realizará mediante la presentación en la taquilla del documento válido correspondiente, que recoja todos aquellos datos necesarios para su identificación, debidamente actualizados. Si no se cumplieran los requisitos exigidos, será obligatorio el abono del precio de la entrada individual general recogido en el artículo 1, o bien la diferencia hasta completar dicho precio.
4. Con el fin de garantizar las condiciones de prevención y seguridad que determine la reglamentación específica de aplicación, podrán establecerse flujos limitados de visitantes, de acuerdo con unos horarios asignados para el acceso a determinadas exposiciones.
5. Los visitantes menores de 14 años no podrán realizar la visita al Museo de forma individual, deberán ir siempre acompañados de un adulto mayor de 18 años.
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- → Artículo 9. Condiciones generales de acceso en grupo al Museo.
- Ver la norma completa: Resolución de 21 de diciembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en el que se establecen los precios públicos de entrada al museo.