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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 8. Modificación del Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre, sobre normas básicas de instalación y funcionamiento de las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos.

Artículo 8 del Real Decreto-ley 7/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes en el Sector de las Telecomunicaciones. · BOE-A-2000-11837

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-25.

Texto consolidado

1. Se suprime la referencia que se contiene en el artículo 3 respecto a los talleres de reparación.

2. Se modifica el artículo 13 que queda redactado del siguiente modo:

«Las tarifas máximas de inspección y su actualización periódica serán establecidas por las Comunidades Autónomas.»

3. Reglamentariamente se podrá modificar lo dispuesto en el presente artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-06-25.

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