Artículo 8. Patrimonio.
Artículo 8 del Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la internacionalización mediante la creación de la entidad pública empresarial "Instituto Español de Comercio Exterior" (ICEX). · BOE-A-2011-6550
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-13.
Texto consolidado
1. El patrimonio del ICEX estará integrado por los bienes y derechos de su titularidad. Al Instituto podrán adscribírsele bienes del Patrimonio del Estado de conformidad con lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
2. El ICEX podrá participar en sociedades mercantiles, cuando ello sea necesario para la consecución de sus fines.