El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto-ley Vigente

Artículo 8. Consecuencias de la aplicación indebida por el deudor de la medida moratoria.

Artículo 8 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. · BOE-A-2020-7311

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-07.

Texto consolidado

1. El deudor que se hubiese beneficiado de la moratoria regulada en este capítulo sin encontrarse incluido en su ámbito de aplicación será responsable de los daños y perjuicios que se hayan podido producir, así como de todos los gastos generados por la aplicación de estas medidas, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden a que la conducta del deudor pudiera dar lugar.

2. El importe de los daños, perjuicios y gastos no puede resultar inferior al beneficio indebidamente obtenido por el deudor por la aplicación de lo dispuesto en este capítulo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-07.

Más artículos de Real Decreto-ley 25/2020

En El Vínculo puedes leer Real Decreto-ley 25/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.