Artículo 8. Modificación de los artículos 48 y 50 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, de Estatuto Básico del Empleado Público y medidas sobre días adicionales.
Artículo 8 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. · BOE-A-2012-9364
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
Uno. (Derogado)
Dos. (Derogado)
Tres. (Suprimido)
Se suprime el apartado 3 por la disposición final 21.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128#df-21
Se derogan los apartados 1 y 2 por la disposición derogatoria única.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Ref. BOE-A-2015-11719#ddunica.
Véase, en cuanto al alcance de la limitación contenida en el apartado 3, la disposición adicional 1 del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-9801.
Véase, en cuanto al alcance de la limitación contenida en el apartado 3, la disposición adicional 4.2 de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13425.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 172, de 19 de julio de 2012. Ref. BOE-A-2012-9654.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023..
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