Artículo 8. Planes de apoyo.
Artículo 8 del Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración. · BOE-A-2007-9691
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-13.
Texto consolidado
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio velará por que el apoyo a la cogeneración, de las unidades existentes y de las futuras, se base en la demanda de calor útil y en el ahorro de energía primaria, considerando las oportunidades disponibles para reducir la demanda de energía mediante otras medidas que sean económicamente viables o favorables para el medio ambiente, así como la posibilidad de otras medidas de eficiencia energética.