Artículo 8. Dirección del Canal.
Artículo 8 del Real Decreto 451/1995, de 24 de marzo, por el que se reorganiza el Organismo autónomo Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo. · BOE-A-1995-8874
Atención: Real Decreto 451/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Dirección del Canal tendrá nivel de Subdirección General. El nombramiento de su titular corresponderá al Ministro de Defensa, a propuesta del Secretario de Estado de Defensa, oído el Consejo Rector. El Director deberá tener reconocido prestigio en el campo de la Hidrodinámica.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-17891.