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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Remuneración por el desempeño de funciones.

Artículo 8 del Real Decreto 355/2014, de 16 de mayo, por el que se crea y regula el Consejo Médico Forense. · BOE-A-2014-5738

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-01.

Texto consolidado

Los miembros del Consejo Médico Forense, al igual que los expertos que fueren convocados, no percibirán remuneración alguna por el desempeño de sus funciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-01.

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