Artículo 8. Secretaría de la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.
Artículo 8 del Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo, por el que se regulan el Plan Anual Normativo y el Informe Anual de Evaluación Normativa de la Administración General del Estado y se crea la Junta de Planificación y Evaluación Normativa. · BOE-A-2017-3415
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-31.
Texto consolidado
Corresponde a la persona que ejerza las funciones de Secretaría de la Junta de Planificación y Evaluación Normativa:
a) Preparar, a partir de las previsiones de los distintos Departamentos ministeriales, el proyecto de Plan Anual Normativo, para su elaboración definitiva por la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.
b) Preparar, a partir de los informes remitidos por los Departamentos ministeriales, el proyecto de Informe Anual de Evaluación Normativa, para su elaboración definitiva por la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.
c) Prestar asistencia técnica a la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.
d) Levantar las actas de las reuniones de la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.
e) Instar la publicación del Plan Anual Normativo en el Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado.
f) Cuantas otras funciones sean inherentes a la Secretaría de la Junta.
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