Artículo 8. Aprobación de las ayudas.
Artículo 8 del Real Decreto 2020/1997, de 26 de diciembre, por el que se establece un régimen de ayudas para la minería del carbón y el desarrollo alternativo de las zonas mineras. · BOE-A-1997-28000
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-31.
Texto consolidado
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, se asignarán nominalmente los fondos del crédito presupuestario anual previsto en cada ejercicio para estos fines a las empresas mineras beneficiarias de las ayudas de funcionamiento a que se refiere el artículo 3 de este Real Decreto y, de acuerdo con los requisitos del artículo 5 y los criterios de cuantificación de los artículos 6 y 7 del presente Real Decreto, abonándose a las empresas por dozavas partes.