Artículo 8. Presidente.
Artículo 8 del Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes. · BOE-A-2009-18977
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-29.
Texto consolidado
1. El Presidente de la Organización Nacional de Trasplantes será el Secretario General de Sanidad.
2. Corresponden al Presidente:
a) La alta dirección y representación institucional del organismo.
b) El seguimiento y control de las actividades de la Organización Nacional de Trasplantes.
c) Ejercer las restantes atribuciones que le confiera el ordenamiento jurídico.