Artículo 8. Derecho de información.
Artículo 8 del Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación. · BOE-A-2010-20151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Las personas que se inscriban como demandantes de empleo tendrán derecho a ser informadas por los servicios públicos de empleo sobre las agencias de colocación autorizadas que operan en su territorio, así como que dichas agencias no podrán exigirles ninguna contraprestación por su actuación.